Decreto 756/2020 - Prorroga del Decreto 311/2020
Informamos que a través del Decreto 756/2020, se modifican los plazos y fechas dispuestas en el Decreto 311/2020.
Se extiende de tres a siete meses (nuevo vto. 31/12/2020) las facturas impagas para que se proceda a cortar o suspender el suministro. Las empresas prestadoras de los servicios de energía eléctrica, gas por redes y agua corriente, telefonía fija e internet y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital, no podrán disponer la suspensión o el corte de los respectivos servicios, en caso de mora o falta de pago de hasta siete facturas consecutivas o alternas, con vencimientos desde el 1º de marzo de 2020.